debida diligencia y compliance

En diciembre de 2023 se reveló uno de los mayores fraudes tributarios en la historia de Chile, un caso que expone la importancia de la debida diligencia y compliance dentro de las empresas. El Servicio de Impuestos Internos (SII) acusó a un conjunto de al menos 55 personas y más de 100 empresas —en rubros como servicios, construcción y exportación— de crear sociedades expresamente para defraudar al fisco por más de 240 mil millones de pesos mediante facturas falsas y exportaciones ficticias. Este escándalo no sólo revela una conducta ilícita grave, sino que pone al descubierto una red de vínculos empresariales con claras deficiencias de control interno, gobernanza corporativa y cumplimiento normativo (compliance).

Los hechos ponen de relieve que dentro de estas compañías hubo un diseño intencionado de estructuras —sociedades “fantasma”, exportaciones de celulares usados o en mal estado para obtener devolución de IVA, facturación ideológica sin sustancia económica real— que funcionaban sin las barreras que normalmente debería establecer un buen programa de compliance.

En este sentido, la reputación corporativa de las empresas involucradas y del entorno empresarial en general se ve severamente afectada: cuando organizaciones del sector privado se vinculan con esquemas de fraude, el impacto reputacional trasciende a los directivos e incluso al ecosistema empresarial en el que operan.

La debida diligencia y compliance como primera línea de defensa

Desde la perspectiva de la gestión de riesgos, resulta evidente que una debida diligencia previa adecuada podría haber servido para detectar señales de alerta tempranas como:

  • Formación de empresas con actividad económica difusa
  • Rubros exportadores atípicos
  • Clientes o proveedores de difícil trazabilidad
  • Ausencia de controles internos robustos

La falta de esos filtros facilita que ejecutivos o socios actúen en beneficio propio, en perjuicio de la empresa o del entorno fiscal. Las normas modernas de cumplimiento normativo en Chile exigen justamente ese tipo de análisis de contraparte, negocio, vínculo de intereses y reputación de las personas involucradas.

Adicionalmente, el caso evidencia la necesidad de que los programas de compliance no sólo se concentren en el “qué hace la empresa”, sino también en “con quién realiza negocios”.

Cuando existe una estructura de relación empresarial con personas de alto riesgo reputacional o con antecedentes de irregularidades —como funcionarios que operan sin supervisión, directivos que autorizan movimientos de fondos sin respaldo o consultores que ejercen influencia informal—, el riesgo de fraude, lavado de activos o malversación de fondos se incrementa.

En la noticia señalada, la creación de empresas “utilitarias” para efectos de fraude al fisco es un ejemplo claro de cómo la combinación de débiles controles internos y vínculos empresariales opacos puede derivar en un daño grave.

También es relevante destacar el efecto cascada que tiene en la confianza empresarial y social.

Como analizan diversos estudios sobre reputación corporativa y compliance, cuando un público amplio —inversionistas, reguladores, clientes— percibe que la empresa privada no actúa con transparencia, se genera una crisis de legitimidad que puede traducirse en barreras de financiación, sanciones regulatorias y pérdida de valor de marca.

En este escenario, el cumplimiento normativo pasa de ser una obligación legal o técnica a un imperativo estratégico para proteger tanto los activos tangibles como intangibles de la empresa.

Finalmente, para las empresas que operan en Chile o con nexos en el mercado chileno, este caso es una advertencia concreta: construir un programa de compliance efectivo —que incluya mapeo de riesgos, due diligence de terceros, monitoreo continuo, canales de denuncia y cultura organizacional— no es una acción opcional. Es parte esencial para prevenir delitos tributarios, lavado de activos y riesgos reputacionales que puedan afectar a la compañía. Implementar procesos de debida diligencia automatizados no sólo ayuda a cumplir la normativa, sino que fortalece la transparencia y protege la reputación corporativa frente a eventuales investigaciones o sanciones. De no hacerlo, se corre el riesgo de que la empresa termine formando parte de titulares negativos, con consecuencias legales, financieras y de imagen.

Macarena Campomanes Pelayo
Periodista – Supervisora KYC Gesintel Compliance